Uno de los fundamentos principales para que estas discusiones comenzaran a darse en los distintos espacios, corresponde al liderazgo que tuvieron las y los estudiantes secundarios en el inicio del estallido social, haciendo un llamado a la evasión masiva del metro en forma de protesta contra el alza del pasaje adulto (Vargas, 2019).
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Estas convocatorias tuvieron una respuesta inmediata por parte del gobierno y de la empresa de transporte. Dicha respuesta fue una amenaza directa a quienes evadieron de perder el beneficio de la Tarjeta Nacional Estudiantil, además de una criminalización de las y los evasores (Stange, 2019). Sin embargo, estos ataques directos a estudiantes secundarios desaparecieron luego de que las y los ciudadanos se manifestaran masivamente en primera instancia, en evasiones masivas del metro y, posteriormente, en el inicio de un proceso de expresión del malestar social generado por un sistema desigual que no representa a la mayoría, sino más bien, a una pequeña elite que se ha adueñado del control institucional a través de cargos políticos y consecutivos gobiernos post dictadura militar.
Fuente: Canal de Youtube 24 Horas
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Hasta este punto se hace necesario decir que la criminalización de las y los estudiantes secundarios no es un proceso nuevo, de hecho, tuvo su hito más alto en el último tiempo con la implementación de la Ley 21128 “Aula Segura”, en el que se buscaba aumentar las atribuciones de las direcciones con respecto a las expulsiones y el procedimiento con estudiantes que incumplieran el reglamento de los establecimiento o pudieran provocar peligro a las y los integrantes de la comunidad educativa (Ley 21128, 2018). A pesar del discurso del gobierno acerca de promover un ambiente más seguro en las salas de clases, en la práctica fue la represión policial la protagonista, sobretodo en los liceos denominados “emblemáticos” (Andrade, 2019).
Fuente: Canal de Youtube 24 Horas
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Tanto en la discusión sobre la Ley de “Aula Segura” como en las amenazas respecto a la evasión masiva, se podría hablar de una intención de criminalizar a un sujeto o una sujeta social que ha sido históricamente muy relevante en los movimientos sociales, y más aún, durante este estallido social en que aún nos encontramos cotidianamente. Mi intención en los siguientes párrafos será analizar y explorar de manera breve cómo se puede explicar dicha criminalización desde los paradigmas existentes en torno a la discusión de inclusión educativa.
El primer paso para este análisis corresponde a caracterizar desde mi punto de vista, el tipo de estudiante que se intenta criminalizar. En el caso de “Aula Segura”, la principal inspiración del proyecto de ley fue la constantes movilizaciones que caracterizaban a los liceos emblemáticos de las comunas céntricas de Santiago, liceos como: Instituto Nacional, Liceo 1, Liceo Carmela Carvajal, Internado Nacional Barros Arana, etc. Ante la nula respuesta de las municipalidades sostenedoras de estos liceos ante demandas históricas, como es el caso de la administración de Felipe Alessandri en Santiago Centro, que según los dirigentes estudiantiles de estos liceos, solo ha sabido responder con represión ante las legítimas demandas (Andrade, 2019).
Teniendo esto en cuenta, no se hace difícil deducir que el o la estudiante que busca sancionar el Ministerio de Educación en colaboración con las municipalidades sostenedoras, es quien se manifiesta alterando la normalidad de las clases. Es importante destacar ese enfoque por parte de estas instituciones: el problema es la alteración del desempeño normal de las clases y no las problemáticas por las que la comunidad educativa, o parte de ella, se está manifestando.
Vamos al caso de las evasiones masivas en donde el o la estudiante que se pretende sancionar es aquel o aquella que evada pagar el pasaje del metro. Sin embargo, resulta curioso que el alza de la tarifa no afecta directamente al o a la estudiante, ya que su tarifa se mantiene igual, sino que, el estudiante y la estudiante se manifiesta por el alza del pasaje de las y los adultos. Pero decir eso solo sería caer en un reduccionismo totalmente indolente, ya que el alza de 30 pesos se engloba en un contexto de encarecimiento de los servicios y bienes fundamentales para mantener una vida digna. Entonces, como segundo punto de caracterización, otra vez se sanciona el incumplimiento de la norma de tarifa, pero no se considera el trasfondo que esta transgresión tiene. Pero mucho más importante, se sanciona al estudiante o a la estudiante que se manifiesta por un otro o una otra, otredades que sufren diariamente por la desigualdad de un sistema corrupto.
Teniendo caracterizada la figura de estudiante que se sanciona y se reprime, podemos fácilmente intentar deducir qué figura es la que quiere formar el Ministerio de Educación. Se quiere formar un estudiante o una estudiante que no se manifieste por las injusticias que sufre o que la comunidad educativa sufre. Además, se quiere formar un tipo de estudiante en el que los problemas del resto de su entorno no le afecte, algo así como un sujeto o una sujeta experimental en un laboratorio, del que se intenta aislar toda variable que influya en la individualidad.
Podemos decir que se pueden caracterizar como mínimo dos tipos de modelo de estudiante: aquel que sigue con la normalidad planteada desde el Ministerio y aquel que se quiere sancionar que no sigue con esta normalidad. Lo relevante de esta caracterización es el trato que se tiene con la alteridad, pues se busca sancionar y castigar hasta el punto de la exclusión del o de la estudiante “problema”. Es a este punto que se hace sumamente relevante acudir a los principios de una educación inclusiva.
Una educación inclusiva busca el reconocimiento y la participación de cada integrante de la comunidad educativa (Duran y Valdebenito, 2014), para ello es necesaria la transformación de la cultura, las prácticas educativas e incluso la organización de la comunidad (Blanco, 2006). Muy distinto es esto a lo que ocurre en el caso de las lógicas de persecución y sanción que pretenden legitimar desde parte del Ministerio de Educación, ya que estas lógicas están dirigidas concretamente a la exclusión de estudiantes. Un ejemplo de esto son las atribuciones del director o directora del establecimiento que se pretende destacar, en donde puede decidir la expulsión de un o una estudiante, entonces lo que se hace es querer mantener a las y los estudiantes que pueden seguir la normalidad esperada y alejar a quienes alteran de alguna forma esta normalidad.
Desde una perspectiva inclusiva, lo primordial podría ser el diálogo de las y los distintos integrantes de la comunidad educativa acerca de las razones de fondo de la alteración de la normalidad, como lo es una manifestación, ya sea un paro o una toma del establecimiento. Es más, según Blanco (2006), el énfasis debería estar en aquellos y aquellas estudiantes en riesgo de ser excluidos, muy distinto al énfasis que ponen directores, directoras, sostenedores y sostenedoras en cuidar el desarrollo de la normalidad para las otras y los otros estudiantes.
Otro aspecto importante que se puede destacar de la educación inclusiva es que puede ser considerada como una lucha política que logre garantizar el derecho al acceso y una educación de calidad (Slee, 2012). Considerando esto último, al buscar un modelo de estudiante que no se manifieste, se intenta despolitizar a un sujeto o una sujeta que no puede estar exento de la realidad en que vive, de la opresión a sus cercanos o cercanas, padres y madres, hermanos y hermanas, amigos y amigas, etc.
La inclusión es una lucha también contra la opresión (Slee, 2012), pero mejor dicho, a los distintos tipos de opresión que existen actualmente en nuestra sociedad. Es por eso que en vez de castigar la manifestación del descontento, se debería valorar y dialogar en las distintas comunidades educativas. En vez de tratar de esconder los problemas debajo de la alfombra, hacer frente a las diversas problemáticas que aquejan a las y los estudiantes y sus comunidades.
El actual Gobierno de Chile, a través del Ministerio de Educación está siguiendo un camino que retrocede en años de discusión teórica tanto nacional como internacional, al igual que con las demandas sociales, la única estrategia (o no sabemos si es una táctica desesperada) es la brutal represión a las y los ciudadanos a quienes dicen representar. En una educación inclusiva y más aún, en un Estado de derecho, resulta inconcebible la persecución política a estudiantes o a distintos actores y actrices sociales. Por el contrario, el camino que se debería seguir es el de escuchar sinceramente las legítimas demandas del movimiento social y asegurar que las distintas instancias de la sociedad, como por ejemplo las escuelas, tengan las estrategias necesarias para fomentar el diálogo y atender la diversidad de las y los integrantes de la comunidad educativa, ya sea esta una diversidad de género, étnica, pensamiento ideológico, forma de vida, intereses, comportamientos, o en este caso, formas de manifestar el descontento. Ante esto solo se puede decir: “¡evadir, no pagar, otra forma de luchar!”
Referencias
Andrade, E. (26 de mayo de 2019).Aula Segura: Comunidades educativas rechazan postura confrontacional de Alessandri. Diario Uchile. Recuperado de https://radio.uchile.cl/2019/05/26/la-semana-de-aula-segura-comunidades-educativas-rechazan-postura-confrontacional-de-alessandri/
Blanco, R. (2006). La Equidad y la Inclusión Social: Uno de los Desafíos de la Educación y la Escuela Hoy. Revista Electrónica Iberoamericana sobre Calidad, Eficacia y Cambio en Educación, 4(3), pp. 1-15.
Caro, I. y Reyes, C. (14 de octubre de 2019). Comisión de DD.HH. del Senado aprueba idea de legislar proyecto que rebaja a 14 años la edad de votación para elecciones municipales. La Tercera. Recuperado de https://www.latercera.com/politica/noticia/comision-dd-hh-del-senado-aprueba-proyecto-rebaja-14-anos-la-edad-votacion-elecciones-municipales/861021/
Durán, D. y Valdebenito, V. (2014). Desarrollo de la competencia lectora a través de la tutoría entre iguales como respuesta a la diversidad del alumnado. Revista Latinoamericana de Educación Inclusiva, 8(2), 141-160.
Ley N° 21128. Diario Oficial de la República de Chile, Santiago, Chile, 27 de diciembre de 2018.
Slee, R. (2012). Consideración de otras posibilidades: La escuela extraordinaria. En R, Slee (ed.), La escuela extraordinaria, 219-251. Madrid: Ediciones Morata.
Stange, B. (16 de octubre de 2019).Escolares identificados como evasores perderán el beneficio de la Tarjeta Nacional Estudiantil. 24 Horas. Recuperado de https://www.24horas.cl/nacional/escolares-identificados-como-evasores-perderan-el-beneficio-de-la-tarjeta-nacional-estudiantil-3662097
Vargas, D. (14 de octubre de 2019). “Evadir no pagar, otra forma de luchar”: estudiantes secundarios realizan masivos actos de evasión en el Metro. La Izquierda Diario. Recuperado de http://www.laizquierdadiario.cl/Evadir-no-pagar-otra-forma-de-luchar-estudiantes-secundarios-realizan-masivos-actos-de-evasion-en
(S/A)(3 de diciembre de 2019). Mayores de 14 años podrán votar en consulta ciudadana municipal. Meganoticias. Recuperado de https://www.meganoticias.cl/nacional/283990-consulta-ciudadana-municipal-mayores-14-anos-nueva-constitucion.html
